Agitación y polémica al canto

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Agitación y polémica al canto
Agitación y polémica al canto

El beneficio por la detención a domicilio de Lautaro Teruel gatilló la indignación vecinal, aunque no es el único. Otro caso similar disparó la bronca en Joaquín V. González, dirigida en contra del victimario y de funcionarios judiciales. Una gran discusión sobre el funcionamiento del Poder Judicial sobre el tapete.

#Domiciliariaencasodeabuso  

La provincia de Salta, en estos días obtiene reconocimiento debido al litio, la baja en la afluencia turística, los precios escandalosamente altos para los visitantes y el resguardo concedido a condenados/imputados por casos de abuso infantil. Solamente la voz  altisonante del sector ultra se ausentó en los últimos días con sus pedidos habituales, los que suelen incluir mobiliario con refucilos, inyectables inhabilitantes y objetos cortantes para quienes incurren en este tipo de delitos.

La domiciliaria cuticular impuesta a Lautaro Teruel se suma a otra medida similar, dictada por la jurisdicción anteña a favor de un docente imputado por casi una decena de casos de abusos a niñas en la principal escuela de Joaquín V. González. De manera similar a la movilización de madres indignadas que el pasado miércoles protestaron en Ciudad Judicial, en la ciudad sudesteña el reclamo fue aún más encendido frente al domicilio donde el imputado disfruta [NdR: lo que en ocasiones incluye reuniones y festejos] de tal beneficio.  

Durante la víspera, en Ciudad Judicial el grupo de Madres Protectoras se pronunció a través de un “enérgico repudio y condena social al abusador Lautaro Teruel y el juez Martín Fernando Pérez, del juzgado de Garantías N°1, que hizo lugar a la prisión domiciliaria de un peligroso abusador”.

Diez días atrás, organizaciones barriales y padres de las alumnas gonzaleñas se manifestaron frente a la casa en la que el docente imputado transcurre estos últimos meses, luego que en noviembre de 2022 fuera beneficiado con la domiciliaria. Al respecto, la representante legal de madres y progenitores de las víctimas, Sandra Domene, recordó que “hay una IPP (investigación preliminar penal) porque existen elementos de prueba”.

La abogada concluyó, contra la disposición del poder judicial gonzaleño, que “no existe causal para un arresto domiciliario”, dado que al respecto “la ley de ejecución penal es clara”. Es decir, impide otorgar este beneficio. Por lo cual resulta exigible revisar ambas disposiciones adoptadas por magistrados para sendos casos, contraindicados en las normas vigentes.

NdR, 2 de febrero de 2023. 


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