El Day de la escarapela

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El Day de la escarapela
El Day de la escarapela

Con una multa de $ 80 millones, la desarrolladora inmobiliaria MDay recibió sanción por irregularidades en el barrio Vía Aurelia. Es decir, por la falta de inversión en el tratamiento de deshechos cloacales y contaminación ambiental en los alrededores. A continuación, los entretelones de esta sanción que sacude al ambiente corporativo.


#ElAguaAlCantaro

F.P.

La empresa MDay, a cargo del desarrollo urbanístico Vía Aurelia, fue multada este fin de semana en $ 80 millones por la contaminación derivada del deficiente mecanismo de desagotes cloacales. Esta decisión adoptada por el Ente Regulador de Servicios Públicos fue fundamentada en torno a las reiteradas y severas irregularidades en el tratamiento de efluentes domiciliarios y la contaminación en los alrededores.

Las unidades habitacionales en Vía Aurelia oscilan entre los u$s 95.000 y los u$s 120.000, aunque en dicha oferta no se consignan estas dificultades en materia de factibilidad de acceso a los servicios esenciales. A pesar de su ubicación en la zona cercana al aeropuerto “Martín Miguel de Güemes” y del motivo de la sanción resuelta este fin de semana por el organismo de control.

La disposición del Ente en esta sanción al fideicomiso Vía Aurelia sucedió en un contexto en que ya surgió un caso similar en Atocha. Diez días atrás, se conocieron centenares de denuncias contra el abogado Santiago Pedroza por venta de terrenos en zona inundable y carencia de factibilidad para el acceso a servicios.

En el caso de MDay, el Ente Regulador detalló que la multa por $ 80 millones se dio luego de una serie de escrúpulos. Estos incluyeron la celebración de una audiencia conciliatoria y las disposiciones preventivas para morigerar la polución proveniente de la instalación precaria de una planta de tratamiento de desagües cloacales.

Sin embargo, el temperamento excesivamente “ahorrativo” de la desarrolladora determinó un sistema de tratamiento insuficiente para servir a los 1800 lotes que conforman Vía Aurelia. El procedimiento sancionatoria, además tuvo como instancia previa una intimación a MDay -emitida hace pocos meses atrás- en la que el Ente extendió la alternativa de ofrecer un nuevo plan para tratar líquidos cloacales. Pero esta inversora persistió en su incumplimiento.

A su vez, el Ente confirmó una sanción adicional a la firma Industrias Clark S.R.L., - especializada en piletas- la que fue contratada de manera ilegal en 2022 para tareas sanitización. Por lo cual, esta empresa con base en avenida Bicentenario al 100 fue inhabilitada y con prohibición para seguir operando en Vía Aurelia.

Tanto MDay como Clark no cuentan con título habilitante para ocuparse del saneamiento de este barrio y carecen de autorización de la Secretaría de Recursos Hídricos para la excreción hacia el río Arenales. Esto se detectó mediante análisis físico-químicos realizados por el Ente, los que detectaron el vuelco cloacal en este lecho acuífero y agravó la situación del Arenales que se encuentra judicializada hace 17 años, con intervención de la Procuración General por este delito ambiental.

En el caso particular, Vía Aurelia -y su impulsora MDay- lleva 4 años en esta situación irregular, incluso con la revocación del certificado de aptitud ambiental y prohibición de volcaduras cloacales en el Arenales, por parte de la Municipalidad capitalina. Aunque en los últimos días se catapultó la cantidad de reclamos vecinales por pestilencia en el aire de los alrededores, lo que dio motivos a un pedido de informes del Concejo Deliberante de Salta.

En función de ello, el Ente Regulador dispuso medidas adicionales a fin de garantizar la información adecuada y veraz de los residentes y los dueños de los lotes. La multa, equivalente al 10% del máximo que puede imponer el ENRESP, será destinada a acciones de saneamiento del cuerpo de agua contaminado y políticas de educación ambiental.

Por lo demás, el ENRESP advirtió que Vía Aurelia, además de la deficiente operación del sistema depurador comprometió bienes colectivos de máxima relevancia constitucional, tales como la salud pública, la calidad ambiental y la seguridad sanitaria de usuarios y terceros potencialmente afectados. Sin embargo, incumplió. 


NdR​, 23 de mayo de 2026.

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