Disposición del Ente con efecto inmobiliario

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Disposición del Ente con efecto inmobiliario
Disposición del Ente con efecto inmobiliario

El retaceo de información en loteos abiertos o cerrados fue encuadrado en un vínculo de consumo, lo que habilitó al Ente Regulador a actuar. Mediante una nueva Resolución, el organismo exigirá a desarrolladores proveer datos sobre factibilidad de servicios a eventuales compradores de lotes o viviendas. A continuación, examinamos esta nueva disposición.


#LoteosServicios

Con el fin de combatir la desinformación sobre factibilidad de servicios en urbanizaciones en marcha, el Ente Regulador dio a conocer una disposición al respecto. Es la Resolución 771/26, cuyo fin será ofrecer los datos necesarios acerca de lotes para construcción de viviendas, tanto en barrios abiertos como cerrados.

La medida del organismo viene a cuento de los múltiples macaneos en el asteroide de los desarrolladores, el que muchas veces el material publicitario no coincide con la realidad. Razón por la cual se disparó exponencialmente la cantidad de denuncias, por parte de familias que se manifiestan defraudadas. Y en la mayoría de los casos, debido a engañifas en la adquisición de terrenos o viviendas que no cuentan con el acceso a servicios básicos.

Por ello, el Ente fundamentó esta Resolución 771 en la oferta de propiedades publicitadas por desarrolladores, las que sin embargo no cuentan con la inversión en infraestructura esencial para su venta. Con esto, el ENRESP enmarcó como nexo de consumo, entre el eventual comprador y el vendedor de estas parcelas.

En la evaluación de esta medida, el organismo consideró este encuadre como “herramienta fundamental” para evitar ofertas engañosas, Para lo que partirá de la base de la operatividad de la Ley de Defensa del Consumidor, la cual penaliza la difusión de ofertas engañosas o reticentes en cuanto a información registral y factibilidad técnicade tales loteos.

De modo tal, cada oferta de terrenos estará obligada a incluir un código QR con el que cada interesado podrá verificar dicha información sobre tal propiedad. El objetivo es proveer un procedimiento para que el usuarioacceda a información posta en cuanto obras de tendido eléctrico y sanitaria, con los certificados de factibilidad provistos por EDESA y COSAYSA, más los permisos de concesión de agua de la Secretaría de Recursos Hídricos de la provincia de Salta.

Además, obligará a que cada contrato de compra-venta especifique formalmente la condición del lote o vivienda ofrecido, en materia de servicios. Por añadidura, impondrá a que la cartelería de cada urbanización se enmarque en esta línea de conducta propensa a dar transparencia.Y así, cada salteño no verá comprometidos sus ahorros en iniciativas inmobiliarias carentes de habilitaciones municipales o ambientales que suministren bienestar.

En este contexto, el Ente anticipó que el incumplimiento de estas disposiciones será penalizado de acuerdo a los apartados contenidos en la Ley Provincial N° 8457. Con esta disposición, el Directorio del Ente ratificó su meta institucional en materia de regulación y control sobre la planificación inmobiliaria y la urbanización en nuestra provincia. 


NdR, 5 de mayo de 2026.

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