#ElUnicoParaguaKueider
El pataleo por la formalidad de la sesión de Cámara de Senadores en la que se decidió la expulsión del entrerriano Eduardo Kueider ya tiene su réplica. O en todo caso dos argumentos, partiendo del horario de inicio del encuentro parlamentario -previo al viaje del titular del Ejecutivo nacional- y la falta del instrumento formal por el cual la presidente del Senado quedaba a cargo del mando en Casa Rosada.
El constitucionalista Andrés Gil Domínguez, explicó en X que “la Vicepresidenta Victoria Villarruel en ningún momento asumió formalmente el ejercicio del Poder Ejecutivo, y por ende, nunca estuvo en una situación de simultaneidad de cargos”. Lo que impugnó argumentos del mileidismo, como el del ex senador nacional Eduardo Menem, en un intento de alegar dicha formalidad, a fin de anular la determinación del cuerpo para separar a Kueider.
Según el otrora Presidente provisional de la Cámara alta en los años 90, la reunión en la que se decidió expulsar al parlamentario detenido en Paraguay podría anularse si se considera que Victoria Villarruel había quedado en la víspera a cargo del Ejecutivo nacional. Con ello, Menem planteó la operatividad de los artículos 88 y 5 de la Constitución nacional, referidos a casos de ausencia del Presidente de la nación por viajes al exterior.
Sin embargo, Gil Domínguez advirtió que (además que la sesión de la víspera del Senado empezó a las 11 horas y el viaje presidencial ocurrió una hora más tarde) tampoco hubo acta notarial para certificar el traspaso temporal del mando. Dicha escritura pública debió ser “suscripta por el Escribano general de Gobierno que acredite formalmente el traspaso de mando del Presidente al Vicepresidente para que la aplicación de la acefalía se efectivice y este último ejerza el Poder Ejecutivo”.
Con ello, se “garantiza la continuidad institucional y deja constancia formal del cambio temporal de mando”. Aunque en este caso, dicha certificación del Escribano General de Gobierno nunca se concretó.
En realidad, esta anomalía sucedida este jueves dejó “un vacío formal de poder basado en una situación anómica o constitucionalmente irregular que, en caso de ser necesaria la actuación del Poder Ejecutivo, podría derivar en una asunción automática por parte del Vicepresidente o Vicepresidenta”.
Pero al no concretarse ese acto formal de traspaso del Ejecutivo nacional “la Vicepresidenta Victoria Villarruel en ningún momento asumió formalmente el ejercicio del Poder Ejecutivo, y por ende, nunca estuvo en una situación de simultaneidad de cargos – Vicepresidenta a cargo del Poder Ejecutivo y Presidenta de la Cámara de Senadores- que hubiera generado la nulidad de la sesión del Senado que dispuso la expulsión de Edgardo Kueider”, concluyó.
En última instancia, conjeturó Gil Domínguez, quien estaría habilitado para realizar un planteo ante la Corte Suprema sería el propio Kueider. En tales circunstancias, para habilitar este recurso extraordinario debería invocar de qué manera la sesión en la que fue separado del cuerpo parlamentario le generó algún perjuicio, pues “no es viable la nulidad por la nulidad misma”. 
NdR, 13 de diciembre de 2024.