Planteo en el caso Abra del Sol

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Planteo en el caso Abra del Sol
Planteo en el caso Abra del Sol

La espectacularidad del robo a la firma Abra del Sol, a mediados de diciembre, se extendió a los resultados preliminares de su investigación. Y una presentación ante el Tribunal de Impugnación sugiere un giro en la orientación de las pesquisas. A continuación, los principales apartados de tal recurso que podría imprimir un viraje a las hipótesis sostenidas hasta este momento.

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Redacción NdR

Uno de los pilares en los que se asienta la investigación por el robo comando a la empresa agrícola Abra del Sol tendrá definición en las próximas horas, por parte de la Sala II, Secretaría 2, Vocalía 2 del Tribunal de Impugnación. Ante dicha instancia, la defensa de uno de los imputados por este caso interpuso un recurso de queja por Apelación Denegada, en nombre de Delfor Sandoval.

De acuerdo a lo anticipado al comienzo de la semana por este medio [NdR: Ver artículo], la defensa del aludido vecino oranense invocó la negativa “indebida y errónea” del juzgado de Garantías N° 2, en el distrito judicial norteño. A ello se refirió el escrito presentado el pasado martes 31 por parte del representante de Sandoval, el abogado Sergio Dantur, al señalar una serie de anomalías en cuanto al debido proceso (en que se basó la imputación por el millonario robo a la compañía agroindustrial).  

En particular, debido a la imposibilidad de “compulsar la totalidad” de los elementos de indicio y probatorios en contra de Sandoval, recolectados en la causa 66500/22. O sea, el acervo de elementos obtenidos por la fiscalía –a cargo de Daniela Murúa- y el Juzgado de Garantías N° 2, cuyo titular es el magistrado Claudio Parisi, a partir del cual se ordenó la detención de Sandoval, luego de la segunda quincena de diciembre último.

En reemplazo, al representante legal del ciudadano oranense únicamente le fue notificada la resolución de prisión preventiva para los demás acusados del millonario robo. En cambio, no se le “permitió compulsar” el cuerpo de la causa “en su totalidad”, como tampoco “el legajo de Investigación, ni la averiguación preliminar correspondiente” (Foto 2), con el pretexto que su cliente se encontraba en situación “contumaz y rebelde”. 

Por ello, Dantur acudió ante la Sala II, Secretaría 2, Vocalía 2, del Tribunal de Impugnación, invocando “principios constitucionales” y “la falta de vinculación” de su patrocinado en el cinematográfico asalto perpetrado el 16 de diciembre pasado. En esta presentación fundamentó acerca de “la falta de conexidad”, respecto a los hechos investigados, como también en relación a “la imputabilidad” y lo que denominó como “acusación a priori”. Tres elementos a partir de los cuáles se podría inferir una sucesión de procedimientos más bien enclenques.

Por ello, en el escrito se alegó que “carece de una incriminación sostenida”, además de la falta de “circunstancias razonables y objetivas”, tanto en la orden de detención librada desde el juzgado oranense y en la conjetura tendiente a “vincular al señor Delfor Sandoval” con el hecho delictivo. Ello, a partir de haber “privado” a la Defensa de un “elemento esencial” como “el acceso a las actuaciones”, lo que desembocó en un desconocimiento de los elementos “acusatorios” contra Sandoval.

En contraste, la argumentación de su cliente respecto a su “falta de vinculación” al robo comando a la empresa Abra del Sol,  sucedido el 16 de diciembre de 2022. Asentado en el requisito, a cargo del “órgano acusador (de) establecer una relación conexa” entre el acontecimiento investigado y la conducta del inculpado aquel mismo día.

De ahí que tal resolución apelada, basándose que “no surge (…) que el pedido de detención del Fiscal al señor Sandoval solicitado al señor Juez de Garantías” se hubiese efectuado sin los “motivos suficientes”. Pues, “no está debidamente fundada la acusación” (Foto 3) hacia el mencionado vecino de esta ciudad norteña. 

En base a dicho razonamiento, la Defensa de Sandoval consideró que se encuentran en riesgo las garantías procesales, dado que “el Juez de Garantías no analiza la viabilidad del recurso, ni verifica la admisibilidad del mismo”. A lo que se adiciona la eventual obstrucción para recurrir ante una instancia revisora –de la orden de prisión preventiva- lo que lo deja en total “indefensión”.

Mientras, en el distrito judicial oranense se le ofrece como único elemento una “simple notificación, absolutamente arbitraria, careciendo de las características de un acto jurisdiccional válido”. A la par, esta presentación efectuada ante el Tribunal de Impugnación en Ciudad Judicial suministra nuevos interrogantes sobre los $ 140 o $ 40 millones, por parte del grupo comando que asaltó esta compañía agroindustrial.

Foto 1: Radio Oran.

NdR, 1 de febrero de 2023. 


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