#CorteSuprema
#Amparo #Decreto250 #Salta
F.P.
El Gobernador
salteño, Gustavo Sáenz, recibirá al final de semana la notificación de la Corte
Suprema de Justicia que dispone permitirle el ingreso al territorio provincial
pedido por un ciudadano. El fallo dio la razón al ciudadano Ernesto Crescia, quien
había recurrido al máximo tribunal para acceder a un establecimiento
agropecuario ubicado cerca de La Candelaria. De paso, se sumó a los
cuestionamientos al decreto 250/2020.
Con las firmas
de Elena Highton de Nolasco, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz, Ricardo
Lorenzetti y Horacio Rosatti, al Ejecutivo provincial le dieron 3 días de plazo
para notificarse de esta disposición. En particular, sobre “cuáles son las
medidas y protocolos adoptados por el Comité Operativo de Emergencia (COE)
creado por el decreto local 250/2020 o por cualquier otra autoridad provincial,
que rigen en la actualidad, particularmente en lo que concierne al señor
Ernesto Crescia, quien requiere ingresar al territorio salterio con destino al
establecimiento denominado ´Finca La Cuesta´, ubicado a la altura del kilómetro
40 de la ruta provincial 35 y a 22 kilómetros del núcleo urbano de la localidad
de La Candelaria, a fin de desarrollar las actividades agropecuarias”.
Talcahuano 550
emplazó al gobierno salteño a detallar “cuáles serían las razones que podrían
justificar que, pese a contar con las autorizaciones nacional y provincial
correspondientes, se le impongan condiciones adicionales para su ingreso”. Por
lo que dispuso notificar de manera electrónica “al señor Gobernador provincial”.
El caso
planteado por Crescia, quien recurrió a la Corte con el patrocinio legal del
letrado Diego Sáenz (NdR: más allá de la coincidencia nominal, Salta figura en
este como parte “no presentada en autos”), planteó esta acción de amparo en los términos
del artículo 43 de la Constitución Nacional contra el Estado provincial.
El empresario
realizó esta acción debido al “impedimento
para acceder al establecimiento agropecuario que administra, ubicado en la
localidad de La Candelaria de aquella provincia, y que la autoridad provincial
se abstenga de obligarlo a realizar, con carácter previo, una internación en el
Hotel Termas de la vecina localidad de Rosario de la Frontera, sobre la base de
un protocolo aprobado por el Comité Operativo de Emergencia (COE) creado por el
decreto provincial 250/2020 en el marco de la pandemia provocada por la
propagación del coronavirus COVID-19”.
El inversor
detalló su condición de socio gerente de la firma Cerro Castillejos S.R.L., por
lo que habitualmente se dirige al establecimiento denominado "Finca La
Cuesta", ubicado a la altuta del kilómetro 40 de la ruta provincial 35 y a
22 kilómetros del núcleo urbano de la localidad de La Candelaria, a fin de
desarrollar sus actividades”.
NdR, 11 de
septiembre de 2020.