#LibertadExpresión
#Fallo #Adversidad #TitiR
La justicia
provincial le ordenó a la gestión de Titi Romero restituir los avisos oficiales
al periódico “Cuarto Poder”. La sentencia dictada al final de 2020 también
contempló exhortar al Ejecutivo municipal de la Capital provincial instrumentar
“un esquema de distribución” de la publicidad oficial, independientemente de
los humores momentáneos de cada administración.
Así lo dispuso
la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, cuyos
integrantes también ordenaron cancelar un impago por $ 52.000, más intereses,
correspondientes a los avisos oficiales publicados en las ediciones en papel y
digital de este periódico, durante el
mes de noviembre de 2019.
Los camaristas
señalaron que este reclamo ya se había concretado, de parte del medio de
prensa, mediante una nota enviada a la Secretaría de Prensa municipal el 21 de
febrero de 2020. Pero al igual que otra nota de reclamo, luego destinada a la
Alcaldesa, quedó sin respuesta por lo que se consideró agotada la instancia
administrativa.
Por todo ello,
el planteo judicial efectuado por Cuarto Poder estuvo centrado en dicha
“conducta discriminatoria y arbitraria”. En contraposición, este periódico
exhortó a la comuna a respetar y garantizar el derecho a la libertad de
pensamiento y de expresión. Y en tal sentido, brindar un trato que no sea
discriminatorio en cuanto al acceso igualitario a pauta publicitaria oficial –a
todos los medios de prensa, en general- para lo cual deberá elaborar un
“esquema de distribución que comprenda a los medios excluidos”.
Y que en líneas
generales, “se respete el derecho a acceder a la información
respecto de los criterios objetivos para la asignación de la publicidad oficial
como los procedimientos y garantías para ello”.
Todo esto, en
contraposición al argumento delineado por la apoderada legal del Ejecutivo
municipal, Soledad Zambrano, quien en nombre de Titi R consideró que la
asignación de avisos es exclusiva “atribución del Intendente”, en base a
“mérito, oportunidad y conveniencia”. Es decir, según la cara con la que el
anunciante mire lo que hace -y soslaye lo que no hace- la gestión capitalina.
Si la visión es crítica, sólo dará lugar a demérito, y a consideraciones de
inoportuno e inconveniente, por parte del Centro Cívico Municipal.
Frente a
semejante “razonamiento” la representación legal del periódico, a cargo de Liliana
Mazzone y Rodrigo Anachuri,
enarboló como precedentes los casos de los diarios “Río Negro” y “Perfil”
contra el Estado nacional. En función de éstos, concluyó que en caso de otorgar
publicidad a un medio de prensa “no puede manipular la publicidad, dándola y
retirándola a algunos medios en base a criterios discriminatorios”.
Y en tal contexto, tampoco puede usar “la publicidad como un modo
indirecto de afectar la libertad de expresión, por lo que tiene a su
disposición muchos criterios distributivos, pero cualquiera sea el que utilice
debe mantener una pauta mínima general para evitar desnaturalizaciones”. O sea,
lo que en el derecho internacional se conoce como “censura indirecta”.
De manera tal que se achacó al CCM no haber
precisado criterio alguno “por los que anteriormente se había otorgado la pauta
publicitaria y luego fue interrumpida por la nueva administración”. Y con ello
señaló “la falta de acreditación de la razonabilidad” a la gestión Romero,
como también evidente “discrecionalidad en la distribución de la pauta publicitaria
oficial”.
NdR, 4 de enero de 2021.