El turno de la letra “O”

La Fiscalía de Derechos Humanos solicitó la elevación a juicio por brutalidad policial, en contra del ex uniformado Gustavo Orozco. Por ello, es inminente que el panelista ante medios sobre los lineamientos de seguridad deba dar cuenta de su actuación en casos de violencia institucional. Vamos con los anticipos al respecto.
Hace 5 años ESTRADOS

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De ofrecer apreciaciones en relación a la idoneidad del ministro de Seguridad, el diputado provincial Gustavo Orlando Orozco desplazó el ángulo de interés hacia su propia situación. Más que nada, luego que este miércoles la fiscal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, pidiese enviar a juicio el caso que lo tiene como imputado, junto a los uniformados Rubén Darío Medina y Denis Orlando Coronel, por el presunto delito de vejaciones agravadas por el uso de la violencia.

El trío está involucrado en este caso en condición de coautores, por un hecho de violencia policíaca denunciado en 2015. Curiosamente, Simesen de Bielke ni siquiera tomó en cuenta las recientes diatribas que Orozco profirió en dirección al ministro Juan M. Pulleiro, a quien le achacó desconocer cuestiones relativas a la cartera que aún preside.

En cambio, la Fiscal prefirió poner la lupa en lo que encuadró como  elementos de convicción suficientes para el ejercicio de la acción penal y en la elevación a juicio solicitó adjuntar las pruebas recolectadas, las que podrían sumarse a las nuevas que se pudiesen obtener a futuro.

Entre ellas, precisaron desde el Ministerio Público Fiscal, la presentación de un vecino de Rosario de la Frontera, quien alegó haber padecido “una agresión física por parte del oficial Orozco, personal de la Brigada de Investigaciones de Rosario de la Frontera”. Y  como en temporada estival, después se precipitó una nueva declaración testimonial ante la Fiscalía de Derechos Humanos de Metán, por parte de un vecino que aseguró haber sido agredido por un policía de civil que se desplazaba por un camping en compañía de Orozco y los suyos.

Esto último el 3 de febrero de 2015, ocurrido en el Complejo Deportivo Municipal de la Candelaria, donde asistió a un festival  junto a dos hermanas y amigas de ellas, y luego se encontró con amigos. Se retiraron antes de que terminara el festival, para adquirir algunas vituallas y después ir hacia a la finca de su padre. Al intentar abandonar este predio, un hombre de civil, que preguntó a uno de los amigos “en qué había venido, y con quién, y si lo podía acompañar”.

Cuando este hombre intentaba detener a su amigo y luego que el denunciante se acercara a preguntar el motivo, recibió un golpe de puño en la cara. Declaró que en la camioneta de la policía estaban Orozco y dos personas más de civil y que al recibir el puñetazo, luego terminó en el piso. Antes, dijo que por la caída “sin querer, arrojó el vaso de cerveza en el pantalón al tal Orozco”. Al denunciante lo levantaron del cuello y lo subieron al móvil. En el trayecto a la Comisaría de la Candelaria, viajó en el asiento trasero con dos policías: uno de ellos lo ahorcaba y el segundo, le iba pegando con golpes de puño en las costillas. En la Comisaría, no le pidieron datos ni lo ingresaron como demorado y en cambio, lo llevaron a un descampado contiguo y le dijeron que estaba con custodia.

Después, cuando el amigo fue a hacer la denuncia sobre los hechos (con respecto a lo que pasó en el Festival), llegó Orozco al descampado y le cuestionó “por qué se había acercado al lugar donde estaba el personal policial”. El denunciante le pidió perdón y Orozco le dijo “porque te metés, en éstas cosas no tenés que andar”. Luego llegó una hermana y todos se retiraron. Al día siguiente, su padre radicó una denuncia.

En la declaración testimonial, diversos testigos sumaron que al móvil policial que trasladó al denunciante lo siguieron dos bicipolicías, quienes vieron todo lo sucedido. Con todos estos elementos, el pedido de elevación a juicio reunió distintos informes y declaraciones testimoniales, entre las cuales mencionan la presencia de “la camioneta de la Brigada”; fotografías de las lesiones; certificado médico que confirmó “inflamación en región maxilar inferior derecho, y hematoma derecho en cavidad bucal” del denunciante; y copias del Libro de guardia, perteneciente a la Brigada de Investigaciones N° 3.

Simesen de Bielke concluyó que el accionar de los acusados excedió los límites impuestos por la Ley N° 7742, pues las lesiones constatadas permiten sostener que su conducta afectó el umbral mínimo requerido, es decir, la afectación de los derechos del sujeto pasivo, que recayó en la concreta conculcación de su dignidad y la integridad personal. Además, el sufrimiento infligido, configuró un trato denigratorio e humillante, físico y verbal, que tuvo por fin mortificar a la víctima produciendo un ataque a su dignidad que merecía como persona y con el que espera sea tratado.

NdR, 14 de octubre de 2020. 

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