Un dictamen en contra de Vega

El panorama en la licitación de la recolección de residuos capitalina parece ir perfilándose. Un indicio es el dictamen de la Fiscal Salinas Odorisio que este martes consideró que no corresponde el amparo presentado por la Unión Transitoria de Empresas, conformada por Vega Engenhería y TGLT. Nos adentramos en los pormenores.
Hace 5 años ESTRADOS

#Licitación  #Recolección #Residuos #Capital

La Fiscal Ana Inés Salinas dictaminó en contra del amparo presentado por la UTE de las compañías Vega Engheneria Ambiental y TGLT, el que tenía como meta participar en la licitación del servicio de recolección de residuos en la ciudad de Salta. En su  recomendación, la funcionaria consideró este martes que no corresponde esta demanda que se había planteado en objeción a la participación de firmas extranjeras.

El caso, tramitado en el Juzgado  Civil y Comercial 11, caratulado “Vega Engenharia Ambiental S.A. vs Municipalidad de Salta” y concluyó que no habría que hacer lugar a la demanda de amparo de la empresa. La compañía, constituida en la ciudad de San Pablo (Brasil), junto a TGLT S.A., invocó el artículo 87 de la Constitución Provincial en contra de la Municipalidad de la Ciudad de Salta.

A través de este argumento, ambas habían pedido que se declare la inaplicabilidad y/o inconstitucionalidad de los artículos 10 y 11 del Pliego de  Bases y Condiciones Generales de la Licitación Pública Nacional 05/2020, el que prohíbe la participación de empresas cuyos antecedentes no incluyan haber prestado servicios en nuestro país y hayan sido constituidas en el extranjero.

Además, habían solicitado participar como postulante en el proceso licitatorio, en igualdad de condiciones que el resto de los participantes nacionales y que se ordene a la demandada la readecuación de los plazos del procedimiento licitatorio. Sin embargo, Salinas Odorisio fundamentó que el amparo fue concebido como un remedio constitucional, cuyo ejercicio está reservado para neutralizar los efectos de las decisiones, actos u omisiones, arbitrarios o ilegales de la autoridad o de particulares que afecten los derechos subjetivos o desconozcan garantías constitucionales.

Por añadidura, la Constitución Provincial no requiere la ausencia de otro medio judicial o administrativo más idóneo para habilitar su procedencia. Aunque la Corte de Justicia de Salta, siguiendo a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, considera que el amparo es un remedio excepcional y heroico, que solo procede si, ante la ineficacia de las vías procesales ordinarias, es el único medio apto para reparar un daño concreto y grave.

El cuestionamiento de estas compañías fue sostener que los artículos 10 y 11 del Pliego de Bases y Condiciones Generales son contrarios a normas de rango más alto, en particular la Ley 21.382 de Inversiones Extranjeras, que en su artículo 1 promueve el trato igualitario en relación a los inversores nacionales y la Ley 26.443 que aprobó el Protocolo de Contrataciones Públicas del Mercosur, que asegura un tratamiento no discriminatorio en el proceso de contrataciones efectuadas por las entidades públicas.

Vega Engenharia Ambiental S.A. tiene domicilio legal en calle Maipú 133, Piso 10º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se encuentra inscripta en la Inspección General de Justicia en fecha 19 de julio de 2014, bajo el Nº817, Libro 60, Tomo B de Estatutos Extranjeros. De manera tal que la amparista se hallaba en condiciones de formular la vía administrativa al encuadrar su cuestionamiento.

Finalmente, la fiscal Salinas Odorisio, se basó en la jurisprudencia al concluir que si bien el pliego licitatorio puede establecer quiénes pueden acceder, o no, a este procedimiento, el límite se encuentra en que la causa de exclusión resulte “legítima”. En cuanto a la procedencia de estas firmas, indicó que “dicha cláusula no se aparta de la razonabilidad, encontrándose dentro de las facultades que la demandada puede fijar en un margen de discrecionalidad propias del órgano administrativo”.

NdR, 8 de septiembre de 2020.


Este artículo está optimizado para dispositivos móviles.
Leer Versión Completa

Más Noticias