
Plasmagate bajo la lupa institucional

#Plasma #Venta #Hemosalta #CoronaEscándalo
Pese al adelanto que este martes tampoco habrá sesión, el diputado provincial Claudio Del Plá exigió que la cartera de Salud informe en relación al convenio entre el Ejecutivo provincial y una empresa dedicada al subrubro hematológico. Tras invocar el artículo 166 de la Constitución provincial y el artículo 116 del reglamento de Cámara baja, el legislador del Frente de Izquierda exigió información referida al Plasmagate.
En efecto, Del Plá pidió un “detalle de todos los acuerdos celebrados en el marco de la pandemia Covid-19 con empresas de medicina privada en la provincia”. Particularmente, en cuanto “a la existencia de convenios con entidades privadas para el suministro de plasma de pacientes que atravesaron el contagio de COVID-19”.
Además, el parlamentario pidió precisiones respecto a la existencia o no de un acuerdo para prestar servicios en la faz pública “con el (laboratorio) Hemosalta SRL” y en tal caso que extienda la copia correspondiente. Además, “si los hospitales públicos derivaron a instituciones privadas pacientes sin obra Social. En su caso cuales son las tarifas aplicadas por las prestadoras privadas”.
Por otro lado, reclamó saber “si los hospitales de la provincia han recibido instrumental de propiedad del estado (respiradores y otros) en su caso, cual es el marco legal de esas cesiones (préstamo, comodato, alquiler o venta)”.
En relación a este Coronaescándalo, la fiscal penal 2, Mónica Poma, inició el sábado 26 una investigación preliminar para determinar si existió comisión de delito en la decisión y comunicación de una empresa, de facturar por las transfusiones de plasma a pacientes afectados por la COVID-19. El Ministerio Público Fiscal detalló que las actuaciones serán remitidas a la Fiscalía de Delitos Económicos Complejos, para continuar la tramitación de este caso.
Esta cuestión formal surgió luego de la orden del procurador general, Abel Cornejo, quien instruyó a la fiscal Poma sobre las diferentes medidas para aclarar la aparente comisión de un delito. Esto, luego de razonar que de acuerdo a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT), está prohibida esta práctica de venta de plasma.
El fin de semana, a través de medios digitales como Saltanoticiassalta y publicaciones en redes sociales expusieron la posibilidad que la empresa denominada Hemosalta SRL extendió una nota dirigida a sanatorios y clínicas firmada por su gerente, Martín de la Arena, que “la trasfusión de plasma del paciente convaleciente, al ser una práctica no nomenclada, se facturará al paciente por su reintegro en la obra social y/o prepaga, de acuerdo al siguiente detalle: Transfusión de plasma de paciente convaleciente de Covid-19 por aféresis, $30.000”. 
NdR, 29 de septiembre de 2020. 
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